EL TRIBUNAL SUPREMO UNIFICA JURISPRUDENCIA. INDEMNIZACIONES EN ACTO DE SERVICIO

1.- La sentencia de 8 de Julio de 2020, que confirma  la doctrina del TSJ de Catalunya y la unificación de la jurisprudencia.

Tras la primera sentencia de fecha 8 de Julio de 2020 (casación 956/2020), cuya importancia analizamos en nuestro artículo http://www.iurispol.com/indemnizacion-danos-insolvencia-policia-mossos/ la Sección cuarta del Tribunal Supremo, ha dictado  4 sentencias más, que crean jurisprudencia y unifican doctrina, reconociendo el derecho de los funcionarios de policía a ser indemnizados por las lesiones sufridas en acto de servicio.

2.-  El contenido de estas  sentencias, y su relevancia.

Las sentencias de  fecha 15 de Julio de 2020 (1003/2020),  de fecha 28 de Septiembre de 2020 (137/2020), 18 de Enero de 2021 (18/2021),  (esta última ganada por nuestro Despacho  http://www.amtadvocats.com),  y 910/2021 de 24 de Junio, han ratificado, e incluso ampliado la indicada doctrina, ante los nuevos recursos y argumentos de la Administración.

1. Obligación de indemnizar aún sin autor, sentencia o auto de insolvencia. ST 137/2020.

La sentencia de 28 de septiembre de 2020 ha determinado que incluso en caso de que no exista sentencia penal, fijando los hechos, y auto de insolvencia, la administración ha de responder en caso de lesiones en acto de servicio, aunque no exista autor material de los hechos si se acreditan que fueron realizados de servicio.

2. La Aplicación a los policías locales. (100/2020)

La sentencia  de 15 de Julio de 2020 extiende, como era previsible, la doctrina indicada a los funcionarios de policía local, dado que la sentencia condena al Ayuntamiento de Barcelona a abonar al policía  local, la responsabilidad civil de las lesiones sufridas en acto de servicio.

3.- La desestimación de que estas indemnizaciones no están incluidas en el Real Decreto 462/2002. Sentencia 18/2021, o que la doctrina ha variado por las modificaciones legislativas de la ley 10/1994.

La sentencia desestima la aplicación de las últimas  reformas legislativas de la Generalitat, así como  interpretación que hace del contenido del Real Decreto 462/2002, entendiendo que el mismo recoge las indemnizaciones peticionadas por esta causa.

4.- La aplicación de miembros del Cuerpo de Policía Nacional.

La sentencia de la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Supremo en la sentencia 910/2021, de 24 de junio, aplica finalmente la indicado doctrina a miembros de Policía Nacional.

Para este tipo de reclamaciones, puedes contactar con nuestro despacho.

http://www.amtadvocats.com

 

Creado por | 2021-11-28T21:53:04+00:00 enero 22nd, 2021|Derecho administrativo|0 Comentarios

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